Visa Nómada Digital España
Trabaja en remoto desde España acreditando al menos €2.850 al mes antes de impuestos. Descubre si calificas y planifica tu mudanza, con acompañamiento personal de principio a fin.


Requisitos de la Visa Nómada Digital
✓Trabajo a distancia
Debes trabajar para una empresa fuera de España o tener clientes fuera de España que te permitan expresamente trabajar en remoto desde España.
✓Ingresos mínimos
Debes acreditar al menos €2.850 al mes antes de impuestos, el 200% del salario mínimo interprofesional. Para la familia, se añade el 75% del SMI por el primer familiar y el 25% por cada persona adicional (una pareja necesita unos €3.920 al mes).
✓Experiencia o titulación
Titulación universitaria o, en su defecto, al menos tres años de experiencia profesional en tu campo.
✓Sin antecedentes penales
Certificado que acredite la ausencia de antecedentes penales en tu país de residencia durante los últimos cinco años.
✓Seguro médico privado
Seguro médico privado con una entidad autorizada para operar en España, sin copagos y con cobertura equivalente a la de la sanidad pública si solicitas la visa como autónomo.
Cómo funciona
Chequeo de elegibilidad (gratis)
Me escribes por WhatsApp y revisamos si tu caso califica. Sin compromiso.
Consulta personalizada (€100 + IVA)
Repasamos tu situación en detalle y trazamos el plan completo, con los honorarios claros desde el principio.
Acompañamiento paso a paso
Te guío en cada trámite: documentos, cita en el consulado, mudanza a España, hasta que obtengas tu TIE.
Por qué conmigo
Trabajas directamente conmigo, Javier Orquín, asesor de visados sevillano, no un bufete de abogados con pasantes. Llevo pocos casos a la vez, así que quien revisa tu expediente es quien responde tus mensajes.
Asesoría boutique, uno a uno
No eres un número en una fábrica de expedientes: me ocupo de tu caso personalmente, del primer mensaje a la TIE.
Sevillano de toda la vida
Nací y crecí en Sevilla. Conozco la ciudad a la que te mudas: los barrios, el padrón, la cita para la TIE... y te ayudo a aterrizar en ella, no solo con los papeles.
Asesor, no un bufete
Te lo explico todo en simple y te acompaño de verdad. Construyo el caso más sólido que permiten las reglas.
Sevilla, de la mano de alguien de aquí
Cada caso lo llevo yo, con un número reducido de clientes a la vez para dar a cada expediente la atención que merece. Sin promesas vacías: si tu caso no encaja, te lo digo y te oriento hacia la opción que sí.

Lo que dicen mis clientes
¿Listo para saber si calificas?
Empieza con un chequeo de elegibilidad gratis. Cuéntame tu situación y te doy una respuesta honesta sobre si esta visa es realista para ti.
Antes de pagar nada, te digo en el chequeo gratis si realmente calificas. Si no, te lo digo y te señalo la opción que sí encaja.
El chequeo de elegibilidad es gratis. El único paso de pago es una consulta inicial de €100 + IVA donde repasamos tu plan y los honorarios. Sin límite de tiempo, y tus dudas posteriores son gratis.
Sin spam, sin compromiso. Te respondo yo personalmente.
¿Prefieres escribir? Cuéntame tu caso y te digo si calificas.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar para clientes españoles?
+Sí, pero los ingresos de origen español no pueden superar el 20% de tus ingresos totales. El propósito de esta visa es que trabajes en remoto para empresas o clientes de fuera de España.
¿Cuánto tarda el trámite?
+La ley fija un plazo de 20 días hábiles para resolver las solicitudes presentadas en España, aunque los tiempos reales varían según la vía. Preparo tu expediente para que avance sin retrasos evitables.
¿Puedo traer a mi familia?
+Sí. Tu cónyuge o pareja y tus hijos pueden incluirse en la misma solicitud, acreditando los ingresos adicionales correspondientes por cada familiar.
¿Desde qué país solicito la visa?
+Puedes presentar la solicitud en el consulado español de tu país de residencia o, una vez en España, tramitarla aquí. En la consulta vemos cuál es la mejor vía para tu caso.
¿Lleva a la residencia permanente o a la nacionalidad?
+Sí, el tiempo con esta visa cuenta como residencia legal. A los cinco años puedes solicitar la residencia de larga duración. La nacionalidad por residencia se pide a los diez años con carácter general, o a los dos si eres nacional de origen de un país iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, o sefardí (art. 22 del Código Civil). En todos los casos la residencia debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Te ayudo a ver dónde encaja tu caso.
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